El usuario que fue llevado a juicio por intercambiar archivos de música a través de redes P2P fue absuelto por una juez de Santander.

Sin embargo el acusado solicitó su absolución porque el intercambio de archivos no está penado en España. Según la sentencia de la juez, el internauta no ha incurrido en delito alguno ya que la música que descargaba era utilizada para uso personal y para el intercambio de archivos con otros usuarios de las redes pero sin ningún ánimo de lucro.

Y a juicio de esta magistrada, ello entra en conexión con la posibilidad que el art. 31 de la Ley de Propiedad Intelectual establece de obtener copias para uso privado sin autorización del autor; sin que se pueda entender concurrente ese ánimo de obtener un beneficio ilícito”.

vía: libertaddigital.com